El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendió el plazo para que los contribuyentes habiliten su Buzón Tributario hasta el 31 de diciembre de 2025.
Esta medida afecta a todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con algunas excepciones. Los contribuyentes que se encuentran cancelados o suspendidos, las personas físicas sin obligaciones fiscales ni actividad económica, y los contribuyentes asalariados que obtuvieron ingresos menores a 400 mil pesos en el ejercicio anterior no están obligados a cumplir con este requisito.
El Buzón Tributario es un canal de comunicación electrónico entre el SAT y los contribuyentes, diseñado para simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de forma ágil y segura.
Algunos de los beneficios de habilitar el Buzón Tributario incluyen:
- Un portal privado y personalizado para cada contribuyente
- Notificaciones electrónicas en cualquier momento y lugar
- Acceso a información sobre beneficios y facilidades fiscales
- Invitaciones a programas en materia fiscal
- Información útil para el cumplimiento de obligaciones y trámites fiscales
Para habilitar el Buzón Tributario, los contribuyentes deben seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al portal del SAT https://www.sat.gob.mx/home
- Seleccionar la opción para habilitar el Buzón Tributario
- Proporcionar la información solicitada, como correo electrónico y número de teléfono celular
- Confirmar la información y completar el trámite
Es importante destacar que los contribuyentes que no habiliten su Buzón Tributario antes del 31 de diciembre de 2025 podrían enfrentar multas que van desde los 3,850 hasta los 11,540 pesos.
